Depósitos para menores de edad

Los niños suelen tener de todo, y son cada vez más los abuelos o padres que acuden a los bancos para abrir una cuenta a sus nietos/hijos o contratar algún producto de ahorro a largo plazo. En todas las entidades y bancos es posible abrir una cuenta a menores de edad, siempre y cuando aparezca su tutor legal en la cuenta hasta que cumpla a mayoría de edad.  Los menores de edad pueden figurar como titulares del depósito y otra persona de representante. A continuación enumeramos las documentos que necesitarás para poder hacerlo.

1. DNI o NIF del niño, imprescindible para abrir la cuenta

Para abrir una cuenta corriente a nombre de un menor, es necesario que este tenga DNI. Muchos niños carecen de este documento porque solo es obligatorio para quienes hayan cumplido 14 años. Si carecen de él y los padres quieren contratar la libreta de ahorro, tienen dos opciones: hacerles el DNI o solicitar un NIF provisional en la Agencia Tributaria.

2. Titularidad de la cuenta

En el caso de productos dirigidos en exclusiva a los más pequeños, el niño es a menudo el único titular y los padres o uno de ellos figuran como representantes legales. Muchas veces son los únicos con potestad para disponer del dinero. También se puede pactar que en el caso de que el menor realice operaciones en la cuenta corriente, se respalden con la firma del padre, la madre o el tutor.

En el momento en que el titular llegue a la mayoría de edad o a la emancipación, sus progenitores dejarán de figurar como representantes. Los titulares menores de edad, desde el momento en que abren el depósito o sacan un rendimiento de él, tienen consideración de contribuyentes del IRPF.

Características de las cuentas para menores

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